DECRETO SUPREMO No 5017 del 11 de Agosto de 1958 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: FERROCARRIL BALCARCE-TARIJA-YACUIBA.- D. S. 5017 DE 11 DE AGOSTO DE 1958.- AUTORÍZASE A LA DIRECCIÓN GENERAL DE FERROCARRILES PROCEDER A LOS ESTUDIOS PARA SU CONSTRUCCIÓN..........
DECRETO SUPREMO Nº 5017
HERNAN SILES ZUAZO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Comité de Defensa de los Intereses de Tarija ha solicitado a1 Supremo Gobierno la constitución de una Comisión encargada de efectuar los estudios técnicos para la construcción del Ferrocarril Tarija-Balcarce sosteniendo su demanda en una vieja aspiración tarijeña que tiene más de medio siglo. Que la construcción de esta ferrovía, para la vinculación de los centros de producción con los de consumo y las facilidades consiguientes al comercio internacional debe efectuarse teniendo presente la identificación de las necesidades regionales con el interés nacional; Que es necesario por consiguiente autorizar la iniciación de los estudios para el trazado del mencionado ferrocarril Balcarce-Tarija; En Consejo de Ministros y en uso de las facultades extraordinarias concedidas al Poder Ejecutivo por Ley de 11 de diciembre de 1957,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º- Autorízase a la Dirección General de Ferrocarriles para que, como organismo técnico y competente en virtud de disposiciones legales en vigencia, proceda a la inmediata iniciación de los estudios definitivos para la construcción del Ferrocarril BalcarceTarija-Yacuiba (El Palmar), debiendo encararse dichos estudios, para su pronta conclusión, con los de Baleares hacia Tarija; de Tarija hacia Balcarce; de Tarija a El Palmar y de éste hacia Tarija.
ARTÍCULO 2º- ...
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