DECRETO SUPREMO No 4789 del 04 de Diciembre de 1957 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: "HOSPITALES DE CLÍNICAS".- D.S. 4789 DE 4 DE DICIEMBRE DE 1957.- SON DECLARADOS 3 HOSPITALES DEL PAÍS, PARA LA ENSEÑANZA DE LA MEDICINA
DECRETO SUPREMO Nº 4789
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que es deber del Gobierno de la Nación facilitar a las Universidades su buen funcionamiento para la mejor enseñanza y capacitación profesional de los universitarios;
Que las Facultades de Medicina, dependientes de las diversas Universidades del país, no pueden realizar en debida forma la enseñanza de las clínicas médica quirúrgica y de especialidades, por falta de Hospitales de Clínicas donde los respectivos Catedráticos puedan hacer la enseñanza médica eminentemente práctica;
Que a falta de los Hospitales de Clínicas, y mientras ellos puedan ser edificados, organizados y sostenidos por las Universidades, es menester facilitar la labor técnica de los respectivos Catedráticos, en las diversas reparticiones que deben servir de centros de enseñanza médica;
Que las funciones de los médicos de salas de medicina, de cirugía y de especialidades; y las de los Catedráticos de las materias correspondientes, deben complementarse para impartir a los estudiantes una eficaz enseñanza de las ciencias médicas;
Que la modalidad en que actualmente se desenvuelven los diversos servicios de los hospitales de la República sin prestar a veces cooperación alguna a la enseñanza práctica de la medicina, no puede perpetuarse ya que determina un sin número de dificultades que incide en la colaboración que debe existir entre Catedráticos de las Universidades y Jefes de los Servicios de Hospital. ...
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