DECRETO SUPREMO No 4363 del 05 de Abril de 1956 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Y.P.F.B.- D.S. 4363 DE 5 DE ABRIL DE 1956.- ACUÉRDASE NUEVAS FORMAS DE PAGO POR EL BANCO CENTRAL DE BOLIVIA POR EXPORTACIONES DE HIDROCARBUROS
DECRETO SUPREMO Nº 4363
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto Supremo de 27 de diciembre de 1955, Nº 4277, en sus artículos 1º, 2º y 3º, fija las normas mediante las cuales Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos realiza a través del Banco Central de Bolivia las cobranzas de sus exportaciones de petróleo y derivados, a los países vecinos;
Que, como consecuencia del Decreto de 25 de febrero de 1956, sobre elevación de tarifas, fletes y salarios, los costos del petróleo y derivados han sufrido una elevación, procediendo modificación en los precios que fueron otorgados a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos, con la Resolución Suprema Nº 66717 de 12 de mayo de 1955.
DECRETA:
ARTÍCULO 1º- Se modifica las Resoluciones Supremas Nos. 66717 y 67506 de 12 de mayo y 25 de agosto de 1955, en sentido de que el Banco Central de Bolivia, pagará a Y.P.F.B., el valor de sus exportaciones que figuren en las facturas respectivas y la citada institución bancaria debitará las cantidades pagadas a la cuenta del respectivo país. Con dichos, asientos contables, Y.P.F.B., terminará su ciclo de operación de exportaciones.
ARTÍCULO 2º- El Banco Central de Bolivia pagará a Y.P.F.B. por sus exportaciones de hidrocarburos a las Repúblicas del Brasil, Argentina, Chile y Paraguay a razón de Bs 1.600.- por ...
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