DECRETO SUPREMO Nº 3612
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que los artículos 70, 71, 72, 146, 147 y 148 del Decreto
Ley Nº 3464 de 2 de agosto de 1953, han afectado la propiedad de la tierra forestal, revirtiendo al dominio público los árboles de goma y castaña y estableciendo protección fiscal sobre todos los recursos naturales renovables;
Que para dar aplicación a estas disposiciones, es necesario crear el organismo que se encargue de su ejecución y cumplimiento.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º- Créase, dependiente del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Colonización, la Dirección Forestal, de Caza y Conservación de Suelos, encargada de la conservación, fomento, explotación, industrialización y aprovechamiento económico de los recursos naturales renovables.
ARTÍCULO 2º- Este organismo tendrá las siguientes funciones:
a) Practicar el inventario forestal del país y de sus recursos naturales renovables, comprendiendo los campos de pastoreo, bosques privados, municipales, comunarios y departamentales;
b) Transformar y ordenar los bosques naturales mediante raleos, replantaciones y otras operaciones de cultura forestal;
c) Fiscalizar técnica y económicamente, la explotación forestal, en sus fases extractiva e industrial;
b) Reprimir y sancionar la explotación destructiva de bosques y pastizales, como de otras especies forestales extractivas, y proteger las mismas ...
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