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Aplicación: D-Lex Bolivia Ver Normal

DECRETO SUPREMO No 3523 del 13 de Octubre de 1953 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: FUNCIONARIOS- D.S. 3523 DE 13 DE OCTUBRE DE 1953.- NO PODRÁN VIAJAR AL EXTERIOR SIN AUTORIZACIÓN OFICIAL




DECRETO SUPREMO Nº 3523
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que la caída de la cotización internacional del estaño y de los demás minerales que exporta Bolivia ha producido un considerable desequilibrio en la balanza de pagos del país, para corregir el cual ha sido preciso acudir a la ayuda de los Estados Unidos de América, en forma de alimentos indispensables para la vida de la población boliviana;
Que tal situación de emergencia impone la necesidad de reducir, fundamentalmente, los gastos en moneda extranjera que realizan el Gobierno y las diferentes entidades fiscales y autárquicas, eliminando todos aquellos que no sean estrictamente necesarios;

EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:

ARTÍCULO 1º - Ningún funcionario nacional, departamental, municipal o de entidades autárquicas dependientes del Gobierno, podrá viajar al exterior, con carácter oficial, sino está previamente autorizado para ello por Resolución Suprema expresa, dictada por el Ministerio al que corresponda y con la firma del Ministerio de Hacienda.


ARTÍCULO 2º - Igualmente, se precisará Resolución Suprema expresa para que el Ministerio de Hacienda pueda conceder divisas para viajes de Delegaciones al exterior, cualquiera que sea el objeto de las mismas.


ARTÍCULO 3º - Los señores Ministros de Relaciones Exteriores, Hacienda y de Defensa Nacional, procederán de inmediato, a la revisión ...

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