Decreto Supremo Nº 29435
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que la
Ley Nº 1178 de 20 de julio de 1990, de Administración y Control Gubernamentales, regula los Sistemas Nacionales de Planificación e Inversión Pública, así como los sistemas de Administración y de Control, de aplicación en todas las entidades del sector público.
Que en cumplimiento a lo dispuesto por la
Ley Nº 3351 de 21 de febrero de 2006, de Organización del Poder Ejecutivo, corresponde al Ministerio de Planificación del Desarrollo planificar y coordinar el desarrollo integral del país, realizando el seguimiento a los Sistemas Nacionales de Inversión Pública, Planificación y Financiamiento Externo.
Que la Declaración de París sobre la Eficacia de la Ayuda al Desarrollo, adoptada en marzo de 2005, establece el compromiso de los donantes de alinearse a las estrategias de los países socios, respetando sus instituciones y procedimientos nacionales de desarrollo.
Que es interés del Gobierno Nacional que la cooperación internacional se adecue al Plan Nacional de Desarrollo, se enmarque en la legislación boliviana, y se ejecute de manera transparente, armonizada y conjunta con las entidades públicas.
Que es necesario normar los procesos de gestión, negociación, suscripción de convenios, ejecución y control de programas y proyectos financiados o apoyados con recursos de donación externa para asegurar la transparencia y legalidad, y que respondan a los ...
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