Decreto Supremo Nº 28979
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Comando General del Ejército, cuenta con dos (2) vehículos de uso oficial; uno para el Comando de Ejército y otro para la Jefatura del Estado Mayor General del Ejército.
Que los indicados motorizados, no se encuentran en buenas condiciones de funcionamiento, por el tiempo de uso y las diferentes tareas que cumplen, inclusive en labores operativas y de seguridad.
Que los motorizados presentan una serie de deficiencias, debiendo inclusive y en forma constante ser remolcados, implicando gastos a la Institución.
Que el Artículo 17 del
Decreto Supremo Nº 27327 de 31 de enero de 2004, señala a las autoridades beneficiarias de vehículos oficiales para el desenvolvimiento de sus funciones, encontrándose entre ellas los miembros del Alto Mando Militar.
Que al justificarse el requerimiento para la compra de los vehículos de carácter oficial a ser utilizados por el Comando General del Ejército y Jefatura de Estado Mayor General del Ejército, en mérito a las deficiencias que presentan los vehículos que se encuentran al servicio de los Altos Jefes Castrenses, corresponde autorizar mediante Decreto Supremo la adquisición de los mencionados vehículos.
Que en reunión del Consejo Nacional de Política Económica y Social - CONAPES, del 18 de diciembre de 2006, se determinó aprobar el presente Decreto Supremo, a solicitud ...
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