DECRETO SUPREMO N° 28570
EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a los artículos 188 a 190 de la Carta Magna, el Poder Ejecutivo por intermedio del Ministerio de Educación, tiene la función de regular y normar el desarrollo de la Educación Superior Privada.
Que el Reglamento General de Universidades Privadas vigente, contiene algunos preceptos que dificultan su aplicación, generando en ocasiones conflictos, por lo que resulta necesario introducir algunas modificaciones que permitan una aplicación correcta y transparente de la mencionada norma.
Que para tal efecto, el Supremo Gobierno ha desarrollado tareas para lograr la eficiencia y eficacia de las Universidades Privadas Bolivianas, estableciendo una serie de mecanismos legales para modificar y efectuar ajustes a la normativa vigente.
Que tomando en cuenta lo anteriormente citado, es necesario dictar la presente norma, la misma que en el marco del Capítulo IX del
Decreto Supremo Nº 27230 de 31 de octubre de 2003, fue aprobada por el Consejo Nacional de Política Económica – CONAPE en fecha 15 de diciembre de 2005.
EN CONSEJO DE GABINETE,
D E C R E T A:
ARTICULO UNICO.-
I. El presente Decreto Supremo tiene por objeto aprobar el REGLAMENTO GENERAL DE UNIVERSIDADES PRIVADAS de Bolivia en sus Quince Capítulos y sus Ciento Ochenta y Ocho Artículos.
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