DECRETO SUPREMO Nº 28491
EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el ex - Fundo Següencoma, fue declarado de necesidad y utilidad pública mediante
Decreto Supremo Nº 3107 de 3 de julio de 1952 y mediante Decretos Supremos Nº 3696 de 6 de abril de 1954 y Nº 05521 de 30 de julio de 1960 se destinó 52.000 m2 de superficie para la construcción del Edificio y dependencias de la Academia Nacional de Policías, destinándose el resto de la propiedad para su loteamiento y entrega de terrenos a los Jefes y Oficiales del Cuerpo Nacional de Carabineros y Policías de Bolivia para la construcción de sus viviendas.
Que la Corte Suprema de Justicia dictó la Sentencia Constitucional en fecha 22 de octubre de 1997, declarando la Constitucionalidad de las normas que sirvieron de base para la expropiación del Fundo Següencoma a favor de la Policía Nacional.
Que el ex - Fundo Següencoma de acuerdo a levantamiento topográfico tiene una superficie total de 688.1022 Has., estando inmersas en ellas una extensión de terreno, correspondientes al cerro de Challoma o Colorado y sus serranías, que por su gran valor natural y paisajístico hacen imprescindible su preservación.
Que por otra parte, en mérito al principio de Seguridad Ciudadana para la ciudad de La Paz, se analizó, definió y resolvió que la infraestructura del ...
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