DECRETO SUPREMO N° 28138
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que la
Ley N° 2341 de 23 de abril de 2002 – Ley de Procedimientos Administrativos, establece la necesidad de promover la simplificación de trámites en las entidades públicas; por ello, el Gobierno Nacional asume la responsabilidad de mejorar la eficiencia y eficacia en el ejercicio de las funciones de la Administración Pública Central.
Que el
Decreto Supremo N° 27330 de 31 de enero de 2004, establece como Prioridad Nacional e interés público la simplificación de Trámites en la Administración de Pública Central, cuya finalidad esencial es agilizar, optimizar tiempos y reducir costos y requisitos institucionales, para facilitar la otorgación de registros e inscripciones gestionados ante las Instancias del Poder Ejecutivo en estricta sujeción a la
Constitución Política del Estado y al ordenamiento jurídico vigente.
Que con la finalidad de mejorar el entorno de negocios en Bolivia, se hace necesario impulsar, mecanismos que permitan a los ciudadanos y empresarios gestionar los trámites ante instancias gubernamentales, con el cumplimiento de requisitos sucintos y los esencialmente necesarios para la viabilidad de los trámites.
Que al presente, las Instancias del Poder Ejecutivo, cuentan con los medios informáticos y tecnológicos, que les permite elaborar bases de datos para ponerlos a disposición de otras instancias gubernamentales, para facilitar la gestión de ...
Hay 576 palabras restantes para leer que son aproximadamente 3 páginas ...