DECRETO SUPREMO del 28 de Febrero de 1868 - 2 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: SUPRESION DE LOS JUZGADOS UNIPERSONALES DE PROVINCIA
DECRETO DE 28 DE FEBRERO.
Supresion de los Juzgados Unipersonales de Provincia.
CONSIDERANDO:
Que los Juzgados Unipersonales creados por el Decreto de 20 de Julio de 1866, lejos de alijerar la administracion de justicia, ofreciendo comodidad y garantias á los litigantes en las provincias, no han hecho mas que entorpecerla, desvirtuando el sistema del Procedimiento Criminal;
Que la falta de letrados en los asientos de los Juzgados Unipersonales por inmediatos que estén á las Capitales de Departamento, ocasionan graves perjuicios á los litigantes con la retardacion de sus asuntos, por carecer de quienes los defiendan;
Que la reducida poblacion en las capitales de Provincia, hace que los debates no tengan la publicidad que en las de Departamento, como requiere la ley para mayor garantía de los juicios;
Que el aumento de Majistrados y jueces ha hecho que los presupuestos de la lista judicial no se paguen con regularidad ocasionando las penurias del Erario que han aumentado en proporcion á sus exijencias;
DECRETO:
ARTÍCULO 1.º QUEDAN SUPRIMIDOS LOS JUZGADOS UNIPERSONALES, Y REDUCIDA LA REPÚBLICA Á DOCE PARTIDOS JUDICIALES, Y SON-
1.º El de Sucre, que comprende la Ciudad y todas sus Provincias.
2.º El de Potosí, que comprenderá la Ciudad, con su Cercado y todas sus Provincias; estará dividido en dos Tribunales múltiples con sus respectivos Fiscales, sujetándose para la distribucion ...
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