DECRETO SUPREMO Nº
27691
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que mediante
Decreto Supremo Nº 26926 de 25 de enero de
2003 se modifica el Reglamento sobre el Régimen de Precios de
los productos derivados del Petróleo, aprobado por Decreto
Supremo Nº 24804 de 4 de agosto de 1997 y, ratificado,
complementado y actualizado por el
Decreto Supremo Nº 24914 de
5 de diciembre de 1997 y posteriores modificaciones,
estableciéndose que el promedio de las cotizaciones diarias
para el cálculo de los precios de referencia de los productos
regulados sea de 365 días.
Que el precio del petróleo crudo en el mercado interno
debe reflejar el costo de oportunidad del productor de colocar
su producción en las refinerías, considerando un precio de
referencia ajustado por calidad y los costos asociados a la
comercialización del producto.
Que es necesario promover la eficiencia de la actividad de
refinación en el país, la escala de la producción y las
inversiones en la misma, en el marco de una política energética
sustentable, que asegure el abastecimiento de combustibles
líquidos necesidad ...
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