DECRETO SUPREMO Nº 27589
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que la Empresa Minera Non Metallic Minerales S.A., que explota las concesiones mineras materia del presente Decreto Supremo, se negó sistemáticamente a proporcionar información tanto al Servicio de Impuestos Nacionales como a la Aduana Nacional, impidiendo de esta manera las auditorias dispuestas por la
Ley Nº 2564 de 9 de diciembre de 2003.
Que se ha evidenciado que las exportaciones de minerales de ulexita declaradas por la Empresa Minera Non Metallic Minerales S.A., no coinciden con los volúmenes de carga transportados por la Empresa Nacional de Ferrocarriles - ENFE, como lo demuestra la auditoria técnica realizada por SERGEOMIN y COMIBOL de febrero de 2004 y el informe Preliminar de Impuestos Internos.
Que estos hechos evidencian daño económico al Estado, contraviniendo, además, las normas del Código Tributario en actual vigencia, en cumplimiento a lo dispuesto en la Ley de Reserva Fiscal del Gran Salar de Uyuni.
EN CONSEJO DE GABINETE,
D E C R E T A:
ARTICULO UNICO.
I. Se dispone la revocatoria de la resolución constitutiva y pérdida de las concesiones mineras Cancha I, Doña Juanita, Tete, Borateras de Cuevitas, Basilea, Inglaterra, Don David, Sur, Pococho, La Negra, Cancha II, ubicadas en el Delta del Río Grande del ...
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