Decreto Supremo Nº 27581
CARLOS D. MESA GISBERT
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que la
Ley Nº 2627 de 30 de diciembre e 2003 - Ley del Presupuesto General de la Nación Gestión 2004, establece los niveles de remuneración de las consultorías individuales y sus restricciones, exceptuando a las consultorías para realizar trabajos específicos por plazo y producto determinado y no renovable en un período similar al de la duración del contrato.
Que el 23 de marzo de 2004 se ha firmado el Convenio de Administración de Recursos CAR MDS/DAN/024/2004 que asegura el financiamiento con carácter de donación, de las actividades del Componente 2 "Educación Ambiental en Institutos de Formación Técnica Industrial" del Programa de Cooperación Danesa al Sector Medio Ambiente PCDMSA, dependiente del Viceministerio de Educación Superior, Ciencia y Tecnología por la presente gestión.
Que en el Artículo 5 de la
Ley Nº 2042 de 21 de diciembre de 1999 señala que las entidades públicas no podrán comprometer ni ejecutar gasto alguno con cargo a recursos no declarados en sus presupuestos aprobados; así mismo el Artículo 8 del
Decreto Supremo Nº 27327 establece que cualquier incremento en la partida 25200 "Estudios e Investigaciones", deberá ser aprobado mediante Decreto Supremo.
Que a fin de no perjudicar el desarrollo de las actividades programadas en las Entidades Ejecutoras del Componente 2 es de ...
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