DECRETO SUPREMO No 2633 del 19 de Julio de 1951 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: LIBRETAS DE DESMOVILIZACIÓN. TÉRMINO.- D.S. 2633 DE 19 JULIO 1951.- LOS EX-COMBATIENTES DEL CHACO SÓLO PODRÁN SOLICITAR ESTE DOCUMENTO HASTA EL 31 DE DIC. 1951
DECRETO SUPREMO Nº 2633
Gral. De Brig. HUGO BALLIVIAN R. PRESIDENTE DE LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
CONSIDERANDO:
Que han transcurrido más de 15 años desde la finalización de la Campaña del Chaco, siendo tiempo suficiente para que los interesados hayan definido su situación militar por su concurrencia a la indicada campaña; Que por un punible descuido, continúa la presentación de solicitudes para recabar la libreta de desmovilización; Que es necesario poner fin a este estado de cosas, ya que requiere mucha demora su tramitación por la ímproba búsqueda de archivos de la campaña y certificación de excomandantes de unidades o reparticiones militares, dando margen a que se cometan irregularidades;
EN JUNTA MILITAR DE GOBIERNO, DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO. - Dado el tiempo transcurrido, el trámite de obtención de libretas de desmovilización por la Campaña del Chaco, deberá hacérselo, impostergablemente, en el curso del presente año, previa certificación del Estado Mayor General sobre su actuación en la zona de operaciones, prescribiendo el derecho de presentar nuevas solicitudes el 31de diciembre de 1951. El señor Ministro de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto. Dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecinueve días del mes de Julio ...
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