Decreto Supremo Nº 25571
HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que la Ley de Organización del Poder Ejecutivo (LOPE) Nº 1788, de 16 de septiembre de 1997, modifica la estructura del Poder Ejecutivo y reglamenta mediante los Decretos Supremos Nº 24855 y Nº 25055 de 22 de septiembre de 1997 y 23 de Mayo de 1998 respectivamente, su funcionamiento, cuyo artículo 11 de la referida Ley crea el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural; y entre otras dependencias el Viceministerio de Desarrollo Alternativo, estableciendo sus atribuciones y funciones específicas a esta instancia Gubernamental mediante Decretos Supremos Nº 24928 y Nº 25471 de 30 de diciembre de 1997 y 28 de julio de 1999.
Que el
Decreto Supremo Nº 24928, en su Art.1 confiere al Ministerio de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural el ejercicio de la tuición sobre el Fondo Nacional de Desarrollo Alternativo (FONADAL), cuya dependencia directa será a través del Viceministerio de Desarrollo Alternativo (VIMDESALT) y mediante el Art.4 de esta disposición legal, se establece que de este Viceministerio, pasen a depender, técnica y administrativamente todos los Planes, Programas y Proyectos de Desarrollo Alternativo, sean estos financiados con recursos del Tesoro General de la Nación o de la cooperación financiera bilateral, o multilateral.
Que por
Decreto Supremo Nº 25471 de 28 de julio de 1999, en el marco de la modernización del Poder Ejecutivo, ...
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