DECRETO SUPREMO No 25512 del 17 Septiembre 1999 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Modifícanse, las fechas de vencimiento para la presentación de declaraciones juradas y pago de los impuestos de liquidación periódica mensual.
DECRETO SUPREMO Nº 25512 HUGO BANZER SUAREZ PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que mediante decreto supremo Nos. 21530; 21531; 21532 (TEXTOS ORDENADOS EN 1995); 24051;24053;24055, todos de fecha 29 de junio de 1995 y el D.S. 2478O de 31 de julio de 1997, el Gobierno Nacional ha establecido, respectivamente, las fechas de vencimiento para la presentación de Declaraciones Juradas y pago de los Impuestos al Valor Agregado (IVA), Régimen Complementario al Valor Agregado (RCIVA), Impuesto a las Transacciones (IT), Impuesto sobre las Utilidades de las Empresa (IUE), el Impuesto a los Consumos Específicos (ICE) el Impuesto Especial a los Hidrocarburos y sus Derivados, así como de los anticipos del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas Sector minero. Que el Servicio Nacional de Impuestos Internos, dentro de los que son sus competencias básicas y buscando la incorporación de moderna tecnología, ha implantado un nuevo Sistema Integrado de recaudaciones en las direcciones Distritales del país, permitiendo a los contribuyentes efectuar sus trámites por medio de la transferencia electrónica de datos, de acuerdo a las condiciones y características fijadas por la entidad. Que la modernización en los conceptos de Administración Tributaria, responden a la necesidad de brindar un mejor y más cómodo servicio a los contribuyentes, por lo que en busca de este objetivo se ha visto la conveniencia de establecer modificaciones en relación con las fechas de vencimiento de los impuestos señalados en el primer ...
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