DECRETO SUPREMO No 25421 del 11 Junio 1999 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Cumplimiento de convenios suscritos con la OIT.
DECRETO SUPREMO Nº 25421 HUGO BANZER SUAREZ PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el año 1948, el país ha suscrito el Convenio Nº 87, con la Organización Internacional del Trabajo (OIT), sobre libertad sindical y protección de la Sindicalización, el mismo que fue plenamente ratificado el año 1965, previa aprobación del Congreso Nacional mediante Ley de la República Nº 194 de 28 de noviembre de 1962; Que del informe de la comisión de expertos en aplicación de convenios y recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo, se observa el incumplimiento del referido convenio por el país, en algunos puntos; Que con la finalidad de cumplir con los compromisos contraidos en los convenios suscritos con la Organización Internacional del Trabajo, y armonizar la legislación nacional con la letra y espíritu de los convenios firmados con la OIT; EN CONSEJO DE MINISTROS, DECRETA:
ARTICULO 1.- Con relación al artículo 129 del Reglamento de la Ley General del Trabajo la Resolución Ministerial que disuelva alguna de las organizaciones sindicales a efectos de que cause estado deberá ser remitida de oficio a la judicatura laboral únicamente en el efecto devolutivo.
ARTICULO 2.- Queda terminantemente prohibido cualquier acto de discriminación antisindical contra los trabajadores. Asimismo se prohibe todo acto de discriminación o injerencia de las organizaciones de empleadores en las organizaciones ...
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