DECRETO SUPREMO Nº 24806
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que en fecha 30 de abril de 1996 se promulgó la Ley de Hidrocarburos Nº 1689;
Que la citada ley dispone su reglamentación por el Poder Ejecutivo;
Que mediante
decreto supremo 24608 de 6 de mayo de 1997 se aprobó el Reglamento de Licitación de Areas para Exploración y/o Explotación;
Que para asegurar la transparencia en la suscripción de los contratos de riesgo compartido, emergentes de las licitaciones de áreas libres de interés hidrocarburífero o de campos en producción, es conveniente aprobar los respectivos modelos de contratos que serán suscritos por los futuros adjudicatarios.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA :
ARTICULO UNICO.- Apruébanse el Modelo de Contrato de Riesgo Compartido para Areas de Exploración y Explotación por Licitación Pública en sus veinte cláusulas más sus respectivos anexos "B" y "D"; y el Modelo de Contrato de Riesgo Compartido para Areas de Explotación por Licitación Pública en sus Veinte Cláusulas más sus respectivos Anexos "B" y "D".
El señor Ministro de Estado en el Despacho Sin Cartera Responsable de Desarrollo Económico, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cuatro ...
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