Decreto Supremo Nº 24436
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que mediante
Decreto Supremo Nº 24110 de 1o de septiembre de 1995, se creó el Fondo de Desarrollo del Sistema Financiero y de Apoyo al Sector Productivo "FONDESIF", cuyo objeto es ampliar la base patrimonial de las entidades del sistema de intermediación financiera de carácter privado, constituidas como sociedades por acciones bajo la Ley de Bancos y Entidades Financieras y el Código de Comercio.
Que por
Decreto Supremo Nº 24255 de 9 de marzo de 1996 se creó el Fondo de Fortalecimiento del Sistema Cooperativo de Ahorro y Crédito "FONDECOOP", como entidad descentralizada del Poder Ejecutivo, de derecho público, sin fines de lucro, con personalidad jurídica, patrimonio y derecho de gestión propios.
Que ambos fondos persiguen propósitos similares en cuanto al fortalecimiento del sistema financiero nacional, aunque sus campos de acción y recursos están orientados a dos sectores diferentes.
Que el "FONDESIF" cuenta ya con los recursos, experiencia e infraestructura adecuada para atender los requerimientos futuros en esta materia, de manera que no se justifica tener dos entidades con funciones análogas.
Que las Cooperativas de Ahorro y Crédito proveen servicios financieros a los sectores de menos recursos y agrupan un gran número de asociados y que el Artículo 3 de la Ley General de Cooperativas las declara de utilidad pública e interés, por lo que es necesario adoptar medidas que ...
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