Decreto Supremo Nº 24167
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que la
Ley Nº 1544 de 21 de marzo de 1994 (Ley de Capitalización) en su artículo primero autoriza al Poder Ejecutivo la constitución de nuevas sociedades de economía mixta, con los activos y/o derechos de las empresas públicas y los aportes de los trabajadores bolivianos de dichas empresas, hasta el monto de sus beneficios sociales.
Que la Empresa Nacional de Ferrocarriles (ENFE) ha cursado a sus trabajadores la propuesta para la formación de dos sociedades de economía mixta, por la conversión de las unidades económicas Red Andina y Red Oriental.
Que la mencionada propuesta consiste en la suscripción y pago de una acción por cada trabajador que lo desee, para la formación de las sociedades de economía mixta, con un contrato de opción, en favor del mismo, para comprar acciones del Sector Publico de dichas sociedades, a su valor en libros, hasta el límite establecido en el artículo primero de la Ley de Capitalización.
Que dicha opción deberá ser ejercida dentro del plazo establecido en el contrato, una vez conocidas las propuestas económicas de los socios inversionistas para la capitalización, a ser seleccionados mediante licitación pública internacional, de conformidad a la Ley de Capitalización.
Que en fecha 22 de noviembre de 1995, se han suscrito los convenios de formación de ...
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