Decreto Supremo Nº 24007
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que la
Ley Nº 1493 de Ministerios del Poder Ejecutivo de 17 de septiembre de 1993 ha creado el Ministerio de Comunicación Social, como órgano encargado de actuar en todo lo inherente a la comunicación social, la difusión de la acción de Gobierno y en particular a lo determinado y expresado en el artículo 22 del mismo cuerpo legal, en los incisos a, b, c, d, y e;
Que el artículo 112 numeral 1 del
Decreto Supremo Nº 23660 de 12 de octubre de 1993, reglamentario de la Ley de Ministerios del Poder Ejecutivo, establece la estructura orgánica de las secretarías y subsecretarías del mencionado ministerio, en concordancia con el artículo 115 del mismo decreto que establece que las funciones operativas especializadas de su Secretaría Nacional son ejecutadas por las subsecretarías de Difusión y de Investigación de Opinión Pública;
Que el artículo 6 de la
Ley Nº 1493 de Ministerios del Poder Ejecutivo establece que el número y las funciones específicas de las secretarías nacionales y de las subsecretarías se establecerán mediante decreto supremo;
Que el Ministerio de Comunicación Social estima necesaria, después de efectuar un análisis de su organización, una subsecretaría de Informaciones, con el propósito de coordinar y establecer los flujos de información entre el Poder ...
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