DECRETO SUPREMO No 23716 del 15 Enero 1994 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: SEGURIDAD SOCIAL.
Decreto Supremo Nº 23716
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política del Estado establece, en sus artículos 7 inciso (k) y 158, la obligatoriedad del derecho a la seguridad social para todas las personas;
Que la otorgación de las prestaciones en favor de los asegurados se rige por el Código de Seguridad Social, su reglamento y demás disposiciones conexas;
Que la política económica y social aprobada por el Gobierno nacional prevé la creación de la Secretaría Nacional de Pensiones y de la Subsecretaría de Pensiones bajo la dependencia del Ministerio de Hacienda y Desarrollo Económico, y de la Secretaría Nacional de Salud y la Subsecretaría de Seguros de Salud dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano;
Que la Secretaría Nacional de Pensiones ejercerá la tuición de los fondos de pensiones y los seguros delegados y mixtos en lo referente a los regímenes de largo plazo, o sea invalidez, vejez, muerte, riesgos profesionales a largo plazo, así como los pactados entre asegurados e instituciones gestoras, como capital social, seguro de retiro, seguro de cesantía, cuota mortuoria, seguro dotal mixto y otros;
Que la Secretaría Nacional de Salud ejercerá tuición sobre los entes gestores de los seguros de salud;
Que corresponde crear las instituciones responsables de la supervisión y control de los entes gestores tanto de corto como de largo plazo, ...
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