DECRETO SUPREMO No 23692 del 23 Diciembre 1993 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Se condona por vía de excepción las costas y multas que adeudan al Estado, los internos de los recintos penitenciarios.
Decreto Supremo Nº 23692
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo al ordenamiento jurídico, la organización, vigilancia y fiscalización del Sistema Penitenciario Nacional, corresponde al Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Gobierno.
Que, causa preocupación la cantidad de internos en los recintos penitenciarios, pues a más de constituir un grave problema que impide cumplir los fines de rehabilitación y reinserción social, contradice principios consagrados en la Constitución Política del Estado, y representa una pesada carga económica.
Que, el Supremo Gobierno, se propone practicar políticas adecuadas que conduzcan al mejoramiento de las condiciones de los internos con recursos económico insuficientes.
Que, gran parte de la población penitenciaria con sentencia condenatoria ejecutoriada, adeuda costas al Estado, y no tiene capacidad económica para solventarlas.
Que, igualmente crecida cantidad de internos, continúan en tal condición, porque no se ha cumplido con el trámite de Calificación de Responsabilidad Civil y Posterior pago de daños emergentes, por descuido de los querellantes o del Ministerio Público.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1. Se condona por vía de excepción las costas y multas que adeudan al Estado, los internos de los recintos penitenciarios, que, a la fecha:
a) hubieren cumplido la sanción privativa de libertad.
b) que las costas y multas no sobrepasen ...
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