DECRETO SUPREMO Nº 23499
JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O :
Que, por
decreto supremo 22862 de 15 de julio de 1991 se dispuso la contratación de un empresa consultora para evaluar el patrimonio del Banco Minero de Bolivia, su privatización o liquidación del mismo.
Que, en cumplimiento a la disposición legal citada, la Comisión de Evaluación de la Empresa Pública de acuerdo a Resolución 02 de 21 de julio de 1991, determinó el cierre y liquidación del Banco Minero de Bolivia.
Que, el Ministerio de Planeamiento y Coordinación mediante oficio SUBDESE 952/917501 de 29 de octubre de 1991, encomendó a la Superintendencia de Bancos la inmediata intervención, cierre y liquidación del Banco Minero de Bolivia, de acuerdo a la Ley General de Bancos, el
Código de Comercio y disposiciones aplicables en la materia.
Que, la Superintendencia de Bancos mediante Resolución SB 220/91 de 29 de octubre de 1991, resolvió iniciar el procedimiento legal de intervención, cierre y liquidación del Banco Minero de Bolivia, con sujeción a los procedimientos establecidos por disposiciones legales vigentes.
Que, la crisis que confronta la minería nacional por los bajos precios de los minerales en los mercados internacionales, acentúa una falta de fuentes de financiamiento privado y asistencia técnica especializada para el sector.
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