DECRETO SUPREMO Nº 23009
JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
SIMPLIFICACION DE REGISTROS Y TRAMITES DE EXPORTACION. CREACION DEL SISTEMA DE VENTANILLA UNICA
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno nacional declaró prioritario, mediante el
Decreto Supremo Nº 22407 de 11 de enero de 1, 991, incrementar y diversificar las exportaciones del país, para impulsar su desarrollo económico y social;
Que el
Decreto Supremo Nº 22410 de 11 de enero de 1, 990 dispone la simplificación de los trámites de exportación, a cuya mejor concretización es necesario centralizarlos, estableciendo un procedimiento único de aprobación de la documentación.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1. (Sistema de ventanilla unica para exportacion) Créase la VENTANILLA UNICA DE EXPORTACION, como entidad descentralizada del Ministerio de Industria Comercio y Turismo y encargada de centralizar los trámites de exportaciones en base a la documentación que señala este decreto.
ARTÍCULO 2. (Organización e implementacion) El Ministerio de Industria Comercio y Turismo elaborará el reglamento interno de funcionamiento, para su aprobación por resolución suprema, e implementará la puesta en marcha del sistema de la Ventanilla Unica en un plazo máximo de 45 días, a partir de la vigencia del presente decreto.
ARTÍCULO 3. (Registro unico de exportadores) Se crea el REGISTRO UNICO DE EXPORTADORES (RUE), como instrumento básico para la ...
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