Decreto Supremo Nº 22808
JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que mediante
Ley Nº 1231 de 7 de febrero de 1991 se aprobó el presupuesto general de la nación para su vigencia durante la gestión fiscal de 1991;
Que el Instituto Nacional de Cooperativas ha solicitado, la aprobación de un presupuesto adicional cuyos recursos provienen de donaciones corrientes externas destinados a la ejecución de proyecto BOL/84/MO2/ITA "apoyo a la gestión y comercialización de las cooperativas agropecuarias";
Que el artículo 96 de la Constitución Política del Estado en su numeral 7) faculta al Presidente de la República, proponer modificaciones durante la vigencia del presupuesto aprobado, en concordancia con el artículo 6 del
Decreto Supremo Nº 21364 y artículo 7 de la
Ley Nº 1231.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo Único.- Autorízase, sin perjuicio de la correspondiente aprobación legislativa, el siguiente presupuesto adicional en favor del INSTITUTO NACIONAL DE COOPERATIVAS, por la suma de TREINTA Y SEIS mil novecientos TREINTA Y OCHO 00/100 BOLIVIANOS (Bs.36.838.00), provenientes de donaciones corrientes externas y que no estaban previstos en la
Ley Nº 1231 de 7 de febrero de 1991 y de acuerdo al siguiente detalle:
Presupuesto Anual de Recursos
(en bolivianos)
CódigoPartidasPresupuesto adicional 19911100000INGRESOS CORRIENTES36.8381180000Donaciones corrientes36.8381182000Donaciones corrientes ...
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