Decreto Supremo Nº 22670
JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Presupuesto Consolidado del Sector Público, gestión 1990, fue aprobado por
Ley Nº 1141 de 23 de febrero de 1990 para su vigencia durante el presente período fiscal.
Que varias instituciones del Sector Público precisan reforzar la partida 114 "Aguinaldos" de sus Presupuestos Aprobados, gestión 1990, ya sea mediante traspasos intrainstitucionales o mediante transferencias interinstitucionales de recursos, a efectos de proceder a la cancelación del Aguinaldo de fin de gestión a todo el personal de sus respectivas dependencias.
Que tratándose de incrementos en el grupo 100 "Servicios Personales", se hace necesario dictar la presente disposición legal, de conformidad a la atribución c), artículo 13 del Reglamento de Ejecución Presupuestaria, aprobado por
Decreto Supremo Nº 22572 de 13 de agosto de 1990, y 4to de la
Ley Nº 1141 de 23 de febrero de 1990.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
Artículo Único.- Se autoriza a las instituciones del Sector Público, cuya nómina y relación se detalla en el anexo adjunto, para que efectúen traspasos intrainstitucionales y transferencias interinstitucionales de recursos al interior de sus Presupuestos Aprobados de la gestión 1990 y que son financiados por el Tesoro Nacional.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas ...
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