Decreto Supremo Nº 22540
JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante
Decreto Supremo Nº 22536 de 3 de julio de 1990, se ha dispuesto la supresión del Ministerio de Aeronáutica, transfiriéndose la Aeronáutica Militar al Ministerio de Defensa Nacional y la Aeronáutica Civil al Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
Que, a los fines de racionalización del Sector Público, eficiencia funcional y mejor servicio a la comunidad, determinados por el Decreto Supremo citado, corresponde aplicar medidas adecuadas, a objeto de que la Aeronáutica Militar y la Aeronáutica Civil cumplan sus funciones y atribuciones en el mejor servicio de los intereses nacionales.
Que, la Fuerza Aérea Boliviana, conforme a su misión institucional, debe mantener el control del espacio para precautelar la soberanía y la seguridad nacional.
Que, los objetivos y la unidad de la Aeronáutica Nacional sólo podrán lograrse mediante una adecuada organización administrativa, evitando la dispersión de esfuerzos humanos y recursos financieros, conjuncionando a las entidades especializadas, de actividades similares, a fin de mantener la estrecha coordinación entre la Aeronáutica Civil y la Aeronáutica Militar.
Que, la reorganización, actualización y modernización de la Aeronáutica Civil, para restablecer su dinámica administrativa y funcional en calidad de extensión, deberán contribuir con mayor eficacia, seguridad y economía al desarrollo del país.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
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