Decreto Supremo Nº 22488
LUIS OSSIO SANJINES
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINO DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que la Empresa Nacional de Ferrocarriles (ENFE), adeuda a la Dirección General de la Renta, impuestos al valor agregado (IVA) y transacciones por concepto de fletes ferroviarios y otros;
Que a su vez, varias empresas y entidades estatales, adeudan a ENFE pagos por servicios prestados, cuyos pasivos fueron transferidos al Tesoro General de la Nación y otras tienen crédito reconocido por dicho Tesoro;
Que el
Decreto Supremo Nº 21060 de 29 de agosto de 1985, en su
CAPÍTULO VI, determina las normas reguladoras relativas a las obligaciones contraidas por los organismos del Estado, entidades descentralizadas y empresas del sector público;
Que previa la conciliación de obligaciones entre las que se adeudan a la Dirección General de la Renta hasta el 31 de diciembre de 1989 y las deudas transferidas y reconocidas por el Tesoro General de la Nación, se debe proceder a la compensación resultante de adeudos positivos;
Que esta operación solo procederá por aquellas obligaciones que el Tesoro General de la Nación califique como compensables, debiendo a su vez la Dirección General de la Renta proceder a la liquidación de todos los tributos pendientes de pago, incluyendo actualización, intereses y multas;
Que dicho ajuste sólo podrá efectuarse hasta el monto de las obligaciones calificadas por ...
Hay 393 palabras restantes para leer que son aproximadamente 2 páginas ...