DECRETO SUPREMO No 22049 del 18 de Octubre de 1988 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Se autoriza a la EMPRESA METALÚRGICA VÍNTO comprar de CHINA NATIONAL LATÍN AMERICA TRADING CORPORATION representantes exclusivos de YUNAN TIN CORPORATION de la República de China, un cristalizador YT-CR-30A.
DECRETO SUPREMO Nº 22049
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que la Empresa Metalúrgica Vinto EMV, en pleno proceso de reactivación, ha acordado adoptar diversas innovaciones tecnológicas para reducir sus costos de tratamiento, como el cristalizador continuo chino para la refinación del estaño, substitutivo de procesos más caros que utiliza actualmente;
Que la consultora Berzelius, avocada al estudio de la rehabilitación de la EMV, recomienda como alta prioridad la compra de ese equipo;
Que el estudio de factibilidad presentado por la EMV, para la introducción del cristalizador, señala ventajas técnico económicas evidentes, con una inversión de $us. 544.937.-y un ahorro anual de $us. 802.000.-en el costo de producción, generando una rentabilidad TIR del 173 por ciento;
Que el proyecto se apoya en pruebas metalúrgicas realizadas por Base Metals Synergy, Inglaterra, a escala piloto con un cristalizador similar, demostrativas que la calidad y capacidad de tratamiento están garantizadas para las condiciones de Vinto;
Que la tecnología del cristalizador es propiedad exclusiva de la Yunan Tin Corporation, ofrecida a Bolivia mediante China National Latin America Trading Corporation, únicas empresas proveedoras de este equipo en el mundo;
Que el drectorio de la Empresa Metalúrgica Vinto y el directorio general de la Corporación Minera de Bolivia, en reuniones de 17 de junio y 6 de julio de 1988, aprobaron el proyecto pertinente de factibilidad y ...
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