DECRETO SUPREMO Nº 22016
VÍCTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que el, Servicio Nacional de Caminos mediante convocatoria pública 2/87, invitó a firmas consultoras de todos los paises miembros de la CAF y del BID a la precalificación y contratación de servicios de consultoria para la realización del estudio de factibilidad técnico económico de la carretera San Buenaventura-Cobija, con financiamiento emergente del contrato de préstamo de la CAF (BID -CAF)
Que en la etapa de precalificación presentaron sus propuestas siete consorcios, habiendo sido seleccionados cinco: LOUIS BERGER -CONSA -CPM -CONANDINA, ITAL CONSULT -CONNAL, LAVALIN -GALINDO, BCEOM -SICO, P y V BARRIGA DALLORTO -SAE -SID.
Que cumplidas las formalidades establecidas en el
decreto supremo 16850 de 19 de julio de 1979, Ley de Consultoria, la junta de selección, previa evaluación del informe presentado por la comisión negociadora, en reunión efectuada en 13 de julio de 1988, resolvió adjudicar para la prestación de servicios de consultoria, en favor del consorcio LOUIS BERGER -CONSA -CPM -CONANDINA, por el costo total de $us.l.o67.466.
Que de conformidad a lo establecido en el Art. 23 inciso c) del
decreto supremo 21364, ampliado en su vigencia por el
decreto supremo 21781, corresponde aprobar la adjudicación efectuada mediante decreto supremo.
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