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DECRETO SUPREMO del 22 de Diciembre de 1825 - 1 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: SE DECLARA ABOLIDA LA CONTRIBUCIÓN IMPUESTA Á LOS INDÍGENAS CON EL NOMBRE DE TRIBUTO, Y SE ESTABLECE LA DIRECTA SOBRE TODAS LAS CLASES; MODO DE COBRARLA Y PERIODOS EN QUE HA DE ENTERARSE. (1)




DECRETO DE 22 DE DICIEMBRE

Se declara abolida la contribución impuesta á los indígenas con el nombre de tributo, y se establece la directa sobre todas las clases; modo de cobrarla y periodos en que ha de enterarse. (1)
SIMÓN BOLÍVAR,
LIBERTADOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
LIBERTADOR DE LA DEL PERÚ, Y ENCARGADO DEL SUPREMO MANDO DE
ELLA, &, &, &


CONSIDERANDO:
1º-Que proclamadas por la Asamblea de estas provincias su absoluta independencia, libertad é igualdad civil, dejaron de existir las clases privilegiadas;
2º-Que debe abolirse toda contribución degradante á la dignidad de ciudadanos;
3º-Que la impuesta á los indígenas exclusivamente, con el nombre de tributo, gravita sobre la clase más miserable de la sociedad;
4º-Que la contribución directa distribuida entre todos los ciudadanos, con proporción á las propiedades que poseen, á las ciencias ó artes que profesan y á la industria de cada uno, los hace concurrir de un modo equitativo é igual al sostenimiento de las cargas del Estado: oída la diputación permanente.

DECRETO:
lº-La contribución impuesta á los indígenas por el gobierno español, con el nombre de tributo, quedará abolida, luego que se haya enterado el tercio vencido en el presente mes de diciembre.
2º-Se establecerá en la decretada República Boliviana, desde el mes de enero entrante, la contribución ...

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