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DECRETO SUPREMO del 22 de Enero de 1928 - 1 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: PUERTO.-FÚNDASE EL DE ITÉNEZ EN LA MÁRGEN DERECHA DEL RÍO MAMORÉ Y PRÓXIMO AL LUGAR MATUCARE, PROVINCIA ITÉNEZ (BENI).



DECRETO SUPREMO

PUERTO.-Fúndase el de Iténez en la márgen derecha del río Mamoré y próximo al lugar Matucare, provincia Iténez (Beni).
HERNANDO SILES,
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA.


CONSIDERANDO:
Que es necesario a los intereses nacionales establecer núcleos de población en diversas regiones del país, con el fin de incrementar su desenvolvimiento;
Que la Ley de Tierras faculta la reserva de cincuenta hectáreas de terreno en las márgenes de los ríos navegables, con objeto de destinarlas a establecimientos públicos, poblaciones, caminos, etc.;
Que el informe de la Prefectura del Beni indica la conveniencia de fundar un puerto en un punto situado frente al lugar Matucare, en beneficio del comercio de la provincia Iténez;
Que anteriormente el establecimiento Berlín servía de puerto para el intercambio comercial de la citada provincia y que ha perdido su importancia por haber pasado esta propiedad a poder de una firma extranjera;
Que existe un punto alto al Norte del lugar Matucare, vinculado con un camino importante que une los centros poblados de la región;
Que la iniciativa particular ofrece su espontánea ayuda al Gobierno, para la construcción del puerto y reparticiones fiscales.

DECRETA:


ARTÍCULO 1º- En la márgen derecha del río Mamoré y próximo al lugar Matucare de la provincia Iténez, fúndase el puerto denominado Iténez.

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