DECRETO SUPREMO No 21667 del 25 de Julio de 1987 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Declárase militar todas las áreas donde encuentran las instalaciones y se efectúen las actividades de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB).
DECRETO SUPREMO Nº 21667
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que dentro de la estructura productiva de la República, el sector de hidrocarburos constituye un factor estratégico de seguridad nacional y de garantía para la normalidad económica y social.
Que los ingresos provenientes de la venta de hidrocarburos constituyen el soporte fundamental para el funcionamiento del aparato del Estado y para la ejecución de los planes y programas de reactivación nacional, razón por la cual la actividad petrolera no puede ser paralizada bajo ninguna circunstancia.
Que la dramática situación de iliquidez de la empresa estatal del petroleo, originada en la falta de pago de sus exportaciones de gás, ha obligado al gobierno a autorizar la utilización de las reservas de oro del país, a fin de garantizar el mínimo cumplimiento del presupuesto de Y.P.F.B. y de sus obligaciones con el Tesoro General de la Nacion.
Que no obstante de estar consciente de esta situación, la dirigencia sindical petrolera en pugna de posiciones, en actitud inadmisible contra los intereses del pueblo boliviano, ha decidido paralizar al país deteniendo la actividad de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos, con la declaración de una ilegal huelga general indefinida.
Que és atribución del Poder Ejecutivo dictar las medidas necesarias para enfrentar dicha situación de verdadera emergencia nacional, preservando las instalaciones ...
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