DECRETO SUPREMO Nº 20566
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que el Gobierno de Francia ha asumido un compromiso formal con el de Bolivia, en marzo de 1983, para conceder al país un financiamiento de cien millones de francos Franceses.
Que las normas establecidas para esa clase de crédito condicionan su concesión a que los bienes que se adquiera y los servicios que se usen sean de orígen frances y se contrate, con carácter previo a la firma del protocolo a una consultora francesa que actue en Francia como compradora por cuenta de la entidad boliviana destinataria del crédito.
Que para hacer efectivo el protocolo de gobierno a gobierno que viabilizase el financiamiento, se suscribió un contrato entre el Ministerio de Defensa Nacional y la consultora francesa Sopha Developpement, en cuya virtud esta firma se compromete a licitar en Francia, por encargo del Ministerio de Defensa, el equipo médico, electromecánico, instrumental y demás equipos con destino al Hospital Militar No. 1, para la cual debe realizar trabajos de evaluación del proyecto y adecuar a la tecnología francesa el pliego de especificaciones: contrato legalmente homologado mediante
decreto supremo 19577 de 3 de junio de 1983.
Que el protocolo suscrito entre los gobiernos de Francia y Bolivia, el 14 de junio de 1983, ...
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