DECRETO SUPREMO Nº 19577
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que el Gobierno de la República de Francia ha establecido un compromiso formal con el Gobierno de Bolivia, para un financiamiento de cien millones de francos franceses con destino a solucionar necesidades urgentes.
Que uno de los objetivos prioritarios es el equipamiento del Hospital Militar, con un costo de noventa millones de francos franceses, el que además de atender a los miembros de las Fuerzas Armadas, ha de prestar asistencia al pueblo en general.
Que para hacer efectiva la suscripción del protocolo de gobierno a gobierno que viabilice el financiamiento, es conveniente suscribir un contrato con una firma francesa que asegure la inversión de los recursos, en los términos y condiciones de ese protocolo.
Que es necesario adecuar el pliego de especificaciones para el equipamiento del hospital, a las normas de la tecnología francesa, para la cual, de acuerdo con el espíritu de protocolo la firma consultora que realice este trabajo e intervenga en los trámites de la licitación, debe ser francesa.
Que el Ministerio de Defensa Nacional, con la facultad que le confieren el inc. a) del Art. 23 de la Ley de Consultoría y el Art. 3o. del
Decreto Supremo No 19448 de 9 de marzo de 1983, ha contratado los ...
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