DECRETO SUPREMO No 19333 del 10 de Diciembre de 1982 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Abónese por el Tesoro Gral. de la Nación al Comité Ejecutor de la carretera Santa Cruz - Cotoca el monto de $b. 700.000.000. a ser desembolsados en seis cuotas mensuales a partir de la fecha.
DECRETO SUPREMO Nº 19333
DR. HERNAN SILES ZUAZO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que se ha creado mediante Decretos Supremos Nos. 17619 y 16620 el Comité Ejecutor del camino carretero Santa Cruz Cotoca; el mismo que al presente no dispone de recursos para ejecutar dicha obra.
Que por tratarse de una obra de infraestructura básica para el desarrollo, la ganadería y la integración de la Gran Chuiquitanía y la carretera Santa CruzTrinidad, es deber del Gobierno Constitucional apoyar la ejecución de esta prioritaria obra vial dotándola de los recursos económicos necesarios.
Que es necesario fortalecer los instrumentos y mecanismos requeridos para la rápida ejecución de esta obra.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.
Abonese por el Tesoro General de la Nación al Comité Ejecutor de la carretera Santa Cruz Cotoca el monto de $b. 700.000.000.a ser desembolsados en seis cuotas mensuales a partir de la fecha, la primera de $b. 200.000.000 y las siguientes de $b. 100.000.000. cada una.
ARTÍCULO 2.
El Comité Ejecutor de la carretera Santa Cruz Cotoca podrá contratar sea al Servicio Nacional de Caminos o al Batallón Pando de Ingenieros y/o a la Corporacion Boliviana de Fomento para la ejecución directa de tramos o ítems, previa cuantificación de volúmenes y ...
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