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DECRETO SUPREMO No 17288 del 18 de Marzo de 1980 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: De conformidad al Art. lo del D.S. 03150 de 19-VIII-52 los descansos anuales a que tienen derecho los trabajadores se regirá por la escala que se detalla.



DECRETO SUPREMO Nº 17288
LYDIA GUEILER TEJADA
PRESIDENTA CONSTITUCIONAL INTERINA DE LAREPÚBLICA


C O N S I D E R A N D O:
Que el Art. 44 de la Ley General del Trabajo modificado por el Decreto Supremo No. 3150 de 19 de agosto de 1952, elevado a ley en fecha 29 de octubre de 1956, establece la escala de vacaciones a que tienen derecho los trabajadores del país comprendidos en los alcances de la Ley General del Trabajo.
Que no obstante existir las disposiciones anteriormente citadas y otras a nivel de Resolución Ministerial, a la fecha es necesario aclarar los alcances de la normatividad jurídica siguiente,
EN CONSEJO DE MINISTROS,

D E C R E T A:


ARTÍCULO 1.- De conformidad al Art. lo del Decreto Supremo No 03150 de 19 de agosto de 1952, reformatorio del Art. 44 de la Ley General del Trabajo, los descansos anuales a que tienen derecho los trabajadores se regirán por la siguiente escala:
De 1 a 2 años cumplidos de trabajo 15 días
de 2 a 3 años cumplidos de trabajo 15 días
de 3 a 4 años cumplidos de trabajo 15 días
de 4 a 5 años cumplidos de trabajo 15 días
de 5 a 6 ...

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