DECRETO SUPREMO Nº 16430
GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA
PRESIDENTE DE LA H. JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
CONSIDERANDO:
Que, mediante
Decreto Supremo Nº 16429 de fecha 9 de mayo de 1979, la H. Junta Militar de Gobierno, ha otorgado a las Universidades bolivianas un tratamiento de excepción para viabilizar con caracteres de celeridad y eficacia los estudios y construcción de una mayor infraestructura educacional universitaria:
Que, paralelamente, para la ejecución de los proyectos que fueren aprobados, se requiere al mismo tiempo los terrenos donde puedan ser levantadas las obras universitarias;
Que, justificadas las necesidades anteriormente expuestas procede autorizar las adquisiciones correspondientes:
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA :
ARTICULO UNICO.- Autorízase a las Universidades Bolivianas, adquirir directamente bienes inmuebles hasta un monto máximo de $b.40.000.000.-para la construcción de la infraestructura educacional, cuyos contratos deberán ser suscritos en las mejores condiciones favorables al interés universitario y del Estado, debiendo intervenir las Autoridades llamadas por Ley.
Los señores Ministros de Estado, en los Despachos de Planeamiento y Coordinación y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los nueve días del mes de mayo de mil novecientos setenta y nueve años.
(FDO.) GRAL. DIV. DAVID PADILLA ...
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