DECRETO SUPREMO No 16321 del 29 de Marzo de 1979 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Todas las Empresas Públicas y Mixtas y aquellas entidades donde se manejen fondos a través del Presupuesto General de la Nación, están obligadas a presentar sus balances coa sus respectivos estados financieros a Min. Finanzas, hasta el 31 de marzo de cada año.
DECRETO SUPREMO Nº 16321
GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA
PRESIDENTE DE LA HONORABLE JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
CONSIDERANDO:
Que, es preocupación permanente del Gobierno lograr una adecuada administración de los recursos de las entidades públicas, procurando que se dé estricto cumplimiento a los objetivos y metas aprobadas.
Que, el Ministerio de Finanzas, dentro de sus atribuciones se encuentran la formulación, dirección y ejecución de la política financiera del país en la percepción, control y administración de los recursos nacionales.
Que, las Empresas Públicas y Mixtas, tienen la obligación perentoria de presentar sus estados financieros al Organismo Rector de las Finanzas Públicas, en términos y condiciones que permitan una verdadera administración de control, evitando distorsiones, que afecten a la economía de dichas Empresas.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.-
Todas las Empresas Públicas y Mixtas y aquellas entidades donde se manejen fondos a través del Presupuesto General de la Nación, están en obligación de presentar sus balances con sus respectivos estados financieros al Ministerio de Finanzas, hasta el 31 de marzo de cada año.
Los señores Ministros de Estado en sus respectivos Despachos, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La ...
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