DECRETO SUPREMO No 16313 del 29 de Marzo de 1979 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Exonérase al Banco Industrial S.A., del pago del impuesto sobre utilidades hasta una cantidad que compense la inversión que realiza en la construcción de su edificio propio de La Paz. cuyo valor compensatorio no podrá exceder de Sus. 1.500.000.-.
DECRETO SUPREMO Nº 16313 GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA PRESIDENTE DE LA H. JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
CONSIDERANDO:
Que, el Banco Industrial S.A. mediante memorial presentado al Despacho de Finanzas solicita la excención del pago de impuestos sobre utilidades por un período que compense la inversión de $us. 1.500.000.-(UN MILLON QUINIENTOS MIL DOLARES AMERICANOS) que está efectuando en la parte destinada a sus propias dependencias del edificio que construye en la Avenida 16 de julio de esta ciudad; Que, el Banco Industrial con el objeto de cumplir con sus objetivos y en un esfuerzo económico, ha encarado la construcción de su propio edificio para instalar sus oficinas y dependencias que brinden mejores servicios a las empresas Industriales y, a la vez, construya una muestra del desarrollo que están alcanzando las instituciones financieras nacionales; Que, habiéndose otorgado exención de impuestos a las utilidades por término prudencial a algunas instituciones bancarias nacionales con el exclusivo objeto de que construyan sus edificios propios destinados a sus actividades, corresponde dentro de un concepto de equidad, otorgar dicho beneficio al Banco solicitante; Que, el Supremo Gobierno, consecuente con su política de mejoramiento urbano de las ciudades y en el deseo de que las instituciones financieras nacionales adquieran relieve e importancia y que a la vez constituyen satisfactoria garantía, las inversiones que realicen con sus recursos propios en la construcción de modernos edificios para ...
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