DECRETO SUPREMO Nº 16181
GRAL. DIV. DAVID PADILLA ARANCIBIA
PRESIDENTE DE LA HONORABLE JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
CONSIDERANDO:
Que, el
Decreto Supremo Nº 04789 de 4 de diciembre de 1957 declaró "Hospitales de Clínicas" a los Hospitales: "General de Miraflores de La Paz, "Viena" de Cochabamba y "Santa Bárbara de Sucre", disposición que a pesar de ser altamente positiva no fue aplicada en su integridad por diversos factores;
Que, al presente, los Hospitales mencionados en el Decreto de referencia se han convertido en verdadros complejos hospitalarios en cuyo contexto entran servicios de diferente orden, Hospitales, Institutos y otros;
Que, la finalidad de lograr la integración docente-asistencial contenido en el mencionado Decreto, debe alcanzar a todos los Profesionales en salud de los Hospitales con el fin de convertirlos en verdaderos Hospitales académicos de enseñanza.
Que, concordante con las conclusiones del Seminario del Médico general familiar y de la 1ra. Reunión sectorial de Facultades de Ciencias de la Salud tanto en el interés del estado así como de las Universidades y Facultades de Ciencias de la Salud debe aunarse esfuerzos para conseguir una mejor atención de salud integrando las funciones de prestación de salud con las de formación profesional.
Que, esta integración y coordinación redundará en grandes beneficios para una buena atención médica a la población y la formación de Profesionales con mayor conciencia social y mejor ...
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