DECRETO SUPREMO No 14883 del 02 de Septiembre de 1977 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Libérase al personal extranjero de la firma Consultora Esi Engineering Service International Ltda. de derechos e impuestos a la internación de efectos personales y enseres de casa por el tiempo que dure el contrato y siempre que permanezcan en el país por un tiempo no inferior a seis meses.
DECRETO SUPREMO Nº 14883
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la estructura deportiva nacional es parte constitutiva del Sector Deportivo y consecuentemente su acción está enmarcada dentro de la política que establece el Supremo Gobierno;
Que, la Asociación de Fútbol de Santa Cruz con recursos propios está encarando el estudio y diseño preliminar de campos deportivos en sus terrenos;
Que, para el cumplimiento de sus programas ha contratado los servicios de la firma consultora Esi Engineering Services International Ltda. de Israel;
Que, las obras que encarará la Asociación de Fútbol de Santa Cruz son de beneficio colectivo, por lo que debe prestársele la máxima cooperación, liberando de gravámenes aduaneros, impuestos y tasas al personal extranjero de la firma consultora.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Se libera en favor del personal extranjero de la firma Consultora Esi Engineering Service International Ltda. del pago de derechos arancelarios y adicional é impuestos de la Renta Interna sobre ventas y municipal, así como de todo recargo adicional, tasas, impuestos consulares y de cualquier otro gravámen, a la internación de efectos personales y enseres de casa, por el tiempo de duración del contrato y siempre y cuando permanezcan en el país por tiempo no inferior a los seis meses, con excepción de automóviles, refrigeradores, cocinas, ...
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