DECRETO SUPREMO No 14184 del 07 de Diciembre de 1976 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Los profesionales y técnicos bolivianos residentes en el exterior, que deseer retornar al país, gozarán de las franquicias y facilidades que acuerda el presente Decreto Supremo, por una sola vez.
DECRETO SUPREMO Nº 14184 GRAL. HUGO BANZER SUAREZ PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO :
Que, la inestabilidad política y la depresión económica prevalecientes en el país hasta agosto de 1971, obligaron a numerosos ciudadanos bolivianos a emigrar, restando a la nación el concurso de elementos profesionales de distintos niveles, a cuya formación contribuyó el Estado a través de las Universidades. Que, recuperada la estabilidad política por el Gobierno de las Fuerzas Armadas y logradas las condiciones propicias para el desarrollo económico y social, se requiere el esfuerzo y la participación de todos los bolivianos profesionales y técnicos residentes en el exterior en la obra de reconstrucción nacional. Que, con tal propósito, el Supremo Gobierno ha resuelto estimular el retorno al país de los bolivianos que deseen incorporarse al proceso de desarrollo, otorgándoles las facilidades adecuadas;
EN CONSEJO DE MINISTROS, DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Los profesionales y técnicos bolivianos residentes en el exterior, que deseen retornar al país con el propósito de reintegrarse a la comunidad nacional y coadyuvar con su trabajo y esfuerzo al proceso de desarrollo, gozarán por una sola vez de las franquicias y facilidades que acuerda el presente Decreto Supremo.
ARTÍCULO 2.- Los profesionales y técnicos egresados de universidades é Institutos Bolivianos, así como los graduados en universidades y politécnicos ...
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