DECRETO SUPREMO del 14 de Mayo de 1874 - 2 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: POSTAS. SE DUPLICA EL PRECIO DE LOS FLETES Y DEL POSTILLONAJE.
DECRETO DE 14 DE MAYO POSTAS. Se duplica el precio de los fletes y del postillonaje. TOMAS FRIAS PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO:
1.º Que el servicio deficiente de las postas, tiene por una de sus causas principales el escaso flete o conduccion que se les impuso:
2.º Que sus tarifas de privilejio y gracia para los viajeros particulares han sido constantemente de un real por legua por cada mula, y medio real por cada postillon a toda luz desproporcionadas con el nivel de los precios en todos los servicios;
DECRETO:
1.º Desde el 1.º del próximo mes de junio los viajeros pagarán dos reales en legua por flete de cada mula, y un real por postillon en todas las postas de la República:
2.º El Estado pagará un real por mula y medio real por postillon en las mismas condiciones:
3.º El Estado retira sus subvenciones en numerario a las postas que aprovechan de este socorro, con escepcion de las de las Capitales:
4.º Los nuevos contratistas quedan sometidos a los reglamentos vijentes; además en lo relativo al número de béstias que deben mantener para el tráfico, el no cumplimiento de sus obligaciones, demostrado por inspeccion administrativa ordenada por los Prefectos o Subprefectos, rescindirá incontinenti sus contratas, dando lugar al llamamiento de nuevas propuestas.
Dado en la casa de Gobierno en la Capital Sucre, a los catorce dias del mes ...
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