DECRETO SUPREMO No 13765 del 22 de Julio de 1976 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Ratifícase el Convenio de Préstamo entre Bolivia y Venezuela por $us. 2.000.000.- destinado al financiamiento de proyectos agrícolas en el país y con prioridad a la Fábrica de Aceites de Villamontes y a los proyectos de preinversión del programa Villamontes-Tarija.
DECRETO SUPREMO Nº 13765
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, los Presidentes de las Repúblicas de Bolivia y de Venezuela, en ocasión de celebrarse el Sesquicentenario de la Fundación de la República de Bolivia, suscribieron una Declaración Conjunta en fecha 8 de agosto de 1975, en esta capital, mediante la cual acuerdan llevar a su realización los programas de cooperación entre ambos países para cumplir prioridades de desarrollo y de integración en que están empeñados.
Que, por la declaración referida, el Gobierno de la República de Venezuela, se comprometió a constituir un Fondo en Fideicomiso por la suma de Diez Millones de Dólares Americanos ($us.--10.000.000), en favor de la República de Bolivia, para contribuir al financiamiento de proyectos agrícolas, en condiciones similares a lo establecido por el Fondo de Operaciones Especiales del Banco Interamericano de Desarrollo.
Que, como parte de aquellos diez millones de dólares americanos ($us 10.000.000), la República de Venezuela concedió en calidad de préstamo a la República de Bolivia dos millones de dólares americanos ($us. 2.000.000) mediante el Convenio de Préstamo suscrito entre el Ministerio de Finanzas de Bolivia y el Ministerio de Hacienda de Venezuela en fecha 17 de junio de 1976.
Que, es necesario ratificar dicho Convenio en cumplimiento de normas vigentes y el propósito de perfeccionarlo para su ejecución.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
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