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DECRETO SUPREMO No 1225 del 17 de Junio de 1948 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: CREACION. - DE LA CAJA DE PENSIONES Y JUBILACIONES DE LA CLASE DE TROPA, BAJO LA TUICIÓN DEL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL.


DECRETO SUPREMO Nº 1225 17 DE JUNIO
CREACION. - De la Caja de Pensiones y Jubilaciones de la Clase de Tropa, bajo la tuición del Ministerio de Defensa Nacional.
ENRIQUE HERTZOG G.
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO:


QUE LOS CLASES PROFESIONALES Y MÚSICOS DEL EJÉRCITO, APARTE DE LA JUBILACIÓN COMÚN, RECONOCIDA POR EL ARTÍCULO 144 DE LA LEY ORGÁNICA DEL EJÉRCITO Y EL DECRETO SUPREMO DE 19 DE NOVIEMBRE DE 1940, NO GOZAN DE NINGÚN OTRO BENEFICIO;
.- Que, por tanto, es de justicia extender a dichos elementos, así como a sus herederos, los derechos de invalidez, indemnización, pensiones, etc., mediante la creación de un organismo que atienda estos servicios y fijar los recursos necesarios para atender tales obligaciones;
Que por otra parte, es conveniente reunir en un solo cuerpo las disposiciones vigentes relativas a gastos de entierro, pago de lutos, etc., para los clases y músicos profesionales;
Con el dictámen afirmativo del Consejo de Ministros,

DECRETA:
Art. 1o. - Con carácter semi-autónomo y bajo la tuición del Ministerio de Defensa Nacional, créase la Caja de Pensiones y Jubilaciones de la Clase de Tropa, para atender los beneficios que se concede en virtud de este Decreto a los clases de armas, de sanidad, música, mecánicos, de administración, así como para los músicos profesionales del Ejército y técnicos de aviación y ...

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