DECRETO SUPREMO Nº 12147
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el Supremo Gobierno se halla empeñado en la construcción de campos deportivos en todo el territorio nacional:
Que, el Ex-Ministerio de Información y Deportes, Comité Organizador de los VIII Juegos Deportivos Bolivarianos y Comité de Obras Públicas de Santa Cruz, mediante Convenio de 8 de febrero de 1974, homologado por
D. S. Nº 11746 de 27 de agosto del indicado año, deben programar y ejecutar diversas obras deportivas en el Departamento de Santa Cruz;
Que, Obras Deportivas Departamentales del Departamento de Santa Cruz, a petición de la H. Alcaldía Municipal de Montero, aprobó la construcción de la Villa
Olímpica en dicha población según Acta de II de septiembre del presente año;
Que, la construcción de campos deportivos es de interés público y se requieren para educación, esparcimiento y bienestar del pueblo boliviano.
POR TANTO,
EN CONSEJO DE MINISTROS, Y CON EL DICTAMEN FAVORABLE DEL CONSEJO NACIONAL DE ECONOMIA Y PLANEAMIENTO,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.-
Declárase de necesidad y utilidad pública la expropiación de los terrenos ubicados en la zona Oeste de la ciudad de Montero comprendidos dentro de un Cuadrilátero irregular con una superficie ...
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