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DECRETO SUPREMO No 1200 del 18 de Abril de 2012 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: Incluye el inciso m) en el Parágrafo I del Artículo 72 del Decreto Supremo Nº 0181, de 28 de junio de 2009, Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios - NB-SABS, modificado por el Decreto Supremo Nº 0956, de 10 de agosto de 2011.


DECRETO SUPREMO N° 1200

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

C O N S I D E R A N D O:

Que el Artículo 10 de la Ley N° 1178, de 20 de julio de 1990, de Administración y Control Gubernamentales, señala que el Sistema de Administración de Bienes y Servicios establecerá la forma de contratación, manejo y disposición de bienes y servicios.

Que el inciso a) del Artículo 20 de la precitada Ley, establece que es atribución básica de los órganos rectores, emitir las normas y reglamentos básicos para cada sistema.

Que el inciso d) del Artículo 52 del Decreto Supremo N° 29894, de 7 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo, establece que es atribución de la Ministra(o) de Economía y Finanzas Públicas, ejercer las facultades de autoridad fiscal y órgano rector de las normas de gestión pública.

Que el inciso a) del Artículo 9 del Decreto Supremo Nº 0181, de 28 de junio de 2009, Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios – NB-SABS, dispone que es atribución del Órgano Rector revisar, actualizar y emitir las NB-SABS y su reglamentación.

Que a fin de viabilizar la contratación de bienes y servicios generales destinados a la atención de representantes de gobiernos extranjeros, misiones diplomáticas, organismos internacionales e invitados ...

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